1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
En algunos de los países occidentales se está poniendo en tela de juicio el hecho de que la familia constituya la célula social básica; y que ésta esté fundada por un matrimonio entre hombre y mujer(1).
El Socialcristianismo propone que los poderes públicos respeten y protejan a la familia natural y promuevan la estabilidad del matrimonio, distinguiéndolo legalmente de cualquier otra forma de convivencia. La legislación civil deberá proteger a ambos miembros del matrimonio, impidiendo la rotura del vínculo matrimonial sin mutuo acuerdo; y proscribiendo el adulterio, como atentado a la dignidad del cónyuge.
(1) En España, recientemente se ha afirmado por un miembro del gobierno que "no hay más célula social que el individuo", lo que además de una barbaridad sociológica, es un fragrante atentado contra los Derechos Humanos y la propia Constitución Española.
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